miércoles, 25 de noviembre de 2009

La Junta de Andalucía prepara un auténtico golpe de Estado contra los Parques Naturales



Ecologistas en Acción ha tenido acceso al proyecto de Decreto que está ultimando la Consejería de Medio Ambiente (CMA) por el que se reduce la protección de los Parques Naturales, sobre todo facilitando la construcción de viviendas e infraestructuras. La superficie mínima para construir se reduce, por lo que los parques naturales se pueden llenar de chalets de hasta 600 m2 y “casitas” de 40 m2. Un despropósito que pretenden llevar a cabo en el XX aniversario de la Ley de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

El decreto en cuestión tiene como título Decreto por el que se establece el régimen general para la planificación de los usos y actividades en los Parques Naturales y consta de 31 artículos, una disposición transitoria y dos disposiciones finales; una de estas supone la modificación de los PORNs (Plan de Ordenación de Recursos Naturales) y PRUGs (Plan Rector de Uso y Gestión) vigentes de todos los Parques Naturales andaluces.

El Decreto dice tener como objetivo “simplificar y agilizar los procedimientos administrativos”. Igual que ya ocurrió con la Ley de Medidas Tributarias que modificó 11 normas andaluzas, se pretende corregir la incompetencia y/o dejación de los/las responsables de la CMA a base de rebajar rigor y control. Se confunde simplificar con hacer desaparecer, y agilizar con no supervisar y ampliar la permisividad. De hecho no se disminuyen trámites ni plazos de autorización, sino que se eliminan autorizaciones preceptivas y se reducen las superficies mínimas para construir viviendas y demás infraestructuras en los Parques Naturales.

El Decreto modificará la gestión, los usos y los aprovechamientos de los terrenos forestales, las actividades cinegéticas, la pesca continental y las actividades relacionadas con la flora y fauna silvestres, e igualmente afectará a permisos, licencias, autorizaciones y concesiones que dependen de la CMA.

El nuevo Decreto regula nuevos procedimientos para los usos y aprovechamientos en los Parques Naturales:

regula actividades que requieren autorización de la CMA,

regula como han de hacerse dichas solicitudes,

regula actuaciones no sujetas a autorización aunque si a comunicación previa,

regula las posibilidades y tipos de nuevas edificaciones en los Parques Naturales.

Nuevos procedimientos propuestos en el Decreto:

Solicitud de autorización. La solicitud se acompañará de una declaración del solicitante en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple la normativa vigente. La resolución del procedimiento de autorización la realizará la persona titular de la Delegación Provincial de la CMA en el plazo de tres meses, o de un mes cuando se trate de actividades de uso público. Si no se contesta en este plazo, la solicitud se considera concedida.

Actuaciones sujetas a licencia urbanística.El interesado presentará al Ayuntamiento la solicitud dirigida a la CMA, además de los requisitos urbanísticos. En el plazo de diez días, el Ayuntamiento remitirá la documentación con su informe facultativo a la CMA. Esta lo remitirá al Ayuntamiento en el plazo máximo de dos meses. Si pasados los dos meses no se responde al Ayuntamiento, la solicitud se entenderá como positiva.

Actuaciones sometidas autorización de la Agencia Andaluza del Agua (AAA).El procedimiento es el mismo que en el caso anterior, cambiando el Ayuntamiento por la AAA, ampliándose el plazo de contestación de la CMA a la AAA a tres meses.

Comunicación previa.Con respecto a las actuaciones que no necesiten autorización, el interesado deberá presentar el documento de comunicación junto a una declaración responsable en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que dispone de las licencias, autorizaciones y concesiones necesarias y cumple con los requisitos legales. Durante los diez días siguientes a la recepción de la comunicación la CMA podrá denegar lo solicitado. Si no lo hace, el solicitante podrá llevar a cabo actuación.

Valoración de Ecologistas en Acción:

• Con este Decreto la CMA, en vez de agilizar los procedimientos administrativos y mejorar la atención a los vecinos de los Parques Naturales, ha optado por reducir los niveles de protección y aumentar la discrecionalidad en la concesión de autorizaciones, lo que redundará de forma muy negativa en estos espacios naturales. La CMA proyecta reducir sus propias competencias a favor de los Ayuntamientos, incurriendo en una auténtica dejación de funciones en relación con las competencias legales que le adscribe el Estatuto de Autonomía y la legislación vigente en los ámbitos de la conservación de la biodiversidad y de la gestión de los espacios naturales protegidos.

• Si se llegara a aprobar este Decreto, los Parques Naturales pueden llenarse de chalets y casetas de aperos de hasta 40 m2 (¿). Se permitirán viviendas de entre 200 y 600 m2 en parcelas forestales de 25 has y agrícolas de 5 has en secano y 3 en regadío. Teniendo en cuenta que la estructura de la propiedad de muchos Parques Naturales es de grandes fincas, un propietario de alcornocal, pinar o dehesa de 250 has, podría construir hasta 10 chalets. En muchos Parques Naturales hay también amplias zonas de olivar. En una finca de 100 has podrían construirse hasta 20 viviendas, y si están en regadío, cosa frecuente actualmente, serían 33 viviendas. Para colmo se podrán reconstruir viviendas de las que existan evidencias documentales de su existencia, aunque no quede nada de ella. Una auténtico despropósito que pretende revitalizar el sector de la construcción y fomentar la especulación urbanística en base a darle facilidades en los Parques Naturales.

• No deja de sorprender que se exima de autorización a actuaciones como tratamientos fitosanitarios aéreos en terrenos agrícolas, obras de conservación y mejora de carreteras, obras de conservación, acondicionamiento y mejora de caminos, apertura de vías de saca –eufemismo de pistas forestales-, instalación de cercas, vallados y cerramientos perimetrales en terrenos no cinegéticos, y las nuevas construcciones y edificaciones vinculadas al normal funcionamiento y desarrollo de las explotaciones agrícolas cuando la superficie de la explotación sea superior a 2,5 ha y la superficie construida sea igual o inferior a 40 m2. Mientras, se exige autorización de la CMA para otras de muchísimo menor impacto como observación de flora y fauna, rutas en bicicletas, piragüismo, salto desde un puente, filmación y fotografía…

• Se incluyen una serie de normas que pueden poner en peligro la tipología tradicional de los pueblos de los Parques Naturales, al eximir de utilizar materiales tradicionales como teja árabes, sustituyéndolos por cubiertas pintadas “imitando los colores de las cubiertas tradicionales”. O sea, un decorado.

• Se permitirán excepcionalmente en el suelo no urbanizable protegido de los Parques Naturales todas las instalaciones declaradas de utilidad pública. La experiencia nos demuestra que al final cabe de todo (campos de golf, hoteles…), incluso se permitirán instalaciones industriales ligadas a los usos agropecuarios.

• Especialmente grave es que cuando se pasan los plazos de autorización, incluso para actuaciones urbanísticas, se instaura el silencio positivo; es decir si la CMA no responde se pueden hacer las actividades solicitadas, lo que, teniendo en cuenta la incompetencia administrativa actual de la CMA, fomentará todo tipo de actividades en los Parques Naturales sin supervisión alguna por parte de sus gestores. La presión de promotores y alcaldes puede hacer que “se pasen los plazos” permitiendo construir todo tipo de edificaciones sin incumplir por ello la legalidad.

• El Decreto no reducirá los plazos legales para que la CMA tramite y ultime los expedientes de autorización, muy al contrario, mantiene plazos excesivamente largos (dos y tres meses para contestar a las solicitudes) e, incluso, exige doble solicitud –en vez de instaurar la ventanilla única- para organismo dependientes de la misma CMA, como ocurre con las autorizaciones a la AAA, que tendrá que tramitar los ciudadanos de forma independiente. Más aún, se les reduce las competencias a los directores-conservadores de los parques, pues las autorizaciones tendrán que tramitarse en las Delegaciones provinciales, y firmarlas el/la titular, lo que dificultará a los vecinos de los municipios de los parques naturales la realización de cualquier gestión.

• Estas modificaciones legales se están realizando con una grave vulneración de los procedimientos, sobre todo en lo que se refiere a la participación pública. Así, no se ha consultado al Consejo Andaluz de Medio Ambiente (CAMA), que tiene como una de sus funciones “Conocer preceptivamente los anteproyectos de ley referidos a medio ambiente” (Decreto 57/1995, de 7 de marzo, por el que se crea el CAMA). La mencionada Ley de Medidas Tributarias no se informó a este Consejo, y este Decreto tampoco. El Decreto modificaría los PORN y PRUG de los 24 Parques Naturales actualmente existentes en Andalucía, sin recabar el informe de las Juntas Rectoras, que tienen encomendada entre sus funciones (Decreto 239/1997 por el que se regula la constitución y funciones de las Juntas Rectoras de los Parques Naturales): informar el PORN y aprobar provisionalmente el PRUG y sus revisiones. Este Decretazo sería una especie de golpe de estado contra los Parques Naturales.

• Ecologistas en Acción entiende que hay que mejorar ostensiblemente la gestión de los Parques Naturales pero en ningún modo reduciendo las normas de protección, y mucho menos en cuanto a la construcción de viviendas, edificaciones e infraestructuras, cuyos impactos son graves e irreversibles.

• Ecologistas en Acción remitió el pasado mes de enero a la Consejera y a los/as presidentes/as de las Juntas Rectoras un conjunto de propuestas para agilizar los trámites administrativos y reducir la burocracia en los Parques Naturales sin que hayamos tenido respuesta, lo que demuestra que sólo está actuando ante la presión de algunos alcaldes y promotores urbanísticos.

• Ecologistas en Acción recurrirá cualquier norma legal que no cumpla con los procedimientos de participación pública estipulados en nuestro ordenamiento jurídico y demandará a la Junta d Andalucía ante la Unión Europea por reducir la protección de unos parques que en su mayoría -23 de ellos-, están incluidos en la Red Natura 2000 y declarados Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), y por tanto protegidos a nivel europeo.

En la Disposición Transitoria se incluyen unos anexos con las condiciones en que se permitirán las edificaciones y construcciones vinculadas a las explotaciones agrarias.

Extraído de Kaos en la Red
www.kaosenlared.net/noticia/junta-prepara-autentico-golpe-estado-contra-parques-naturales

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